II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por sentencia N° 08/21 de 06 de abril de 2021 (fs. 1165 a 1171) el Tribunal 12° de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por igualdad de votos y conforme a lo establecido en el art. 359 del Código de Procedimiento Penal (CPP), declaró a Juan Carlos Ruiz Rodríguez, absuelto de culpa y pena del delito de Avasallamiento, previsto y sancionado por el art. 351 bis del CP.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público (fs. 1190 a 1196), Luis Fernando Zambrana Vargas en su condición de apoderado legal de Edwin Saavedra Toledo y Raúl Gutiérrez en representación legal de Casa Campo S.A., (1288 a 1293 vta.) formularon recursos de apelación restringida, siendo resueltos por Auto de Vista N° 102 de 03 de diciembre de 2021, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente los recursos de apelación planteados; en consecuencia, confirmó en su integridad la Sentencia impugnada.
