AS/0017/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0017/2023

Fecha: 06-Ene-2023

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 par. I) num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220. II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 393 a 395, interpuesto por la Julio Arakaki Aguilar y Carmen Rosa Aramayo Romero de Arakaki contra el Auto de Vista Nº 179/2022, de 29 de agosto, cursante de fs. 387 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Con costas y costos al recurrente en aplicación del art. 223 par. V) num. 2 del Código Procesal Civil.

Se regula los honorarios profesionales para el abogado que respondió al recurso de casación en la suma de Bs. 1.000.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.