POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42. I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 479 a 482 vta., interpuesto por Javier Quispe Velásquez, contra el Auto de Vista N° 25/2023 de 28 de abril, corriente de fs. 465 a 468 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. Con costas y costos.
Se regula honorarios del abogado que contestó al recurso de casación en la suma de Bs.1.000.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
