POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 539 a 543 interpuesto por Magali Daria Carrasco de Faccio, Oscar Emilio Faccio Soto, Neydi Dayana y Emily Janile ambas Faccio Carrasco contra el Auto de Vista Nº 25/2022 de 11 de mayo, obrante de fs. 530 a 535, emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, sin costas y costos por no cursar respuesta al recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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