AS/1355/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1355/2023-RA

Fecha: 06-Oct-2023

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 095/2022 de 21 de octubre (fs. 896 a 907 vta.), el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Luis Carlos Barba Guarua, Wilfredo Galvez Añez y Edulfamir Erazo Cortes, autores de la comisión del delito de Tráfico y Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 48 con relación al art. 33 inc. m); y, 53 de la Ley 1008, imponiendo la pena de diecisiete años de presidio, más el pago de diez mil días multa a razón de un boliviano por día, con costas a favor del Estado a calificarse en ejecución de Sentencia.

II.2. Apelación restringida.

Contra la Sentencia, los imputados Wilfredo Galvez Añes (fs. 916 a 919 vta.), Edulfamir Erazo Cortez (fs. 935 a 947 vta.) y Luis Carlos Barba Guarua (fs. 949 a 952 vta.); respectivamente, formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 82 de 13 de junio de 2023, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos de Wilfredo Galvez Añes y Edulfamir Erazo Cortez, confirmando en su totalidad la Sentencia respecto a ellos; y, admisible y procedente en forma parcial el recurso interpuesto por Luis Carlos Barba Guarua; en consecuencia, modificó en parte la Sentencia en cuanto a la pena aplicada al recurrente, imponiendo la pena de 13 años y 6 meses de reclusión, manteniendo la pena accesoria de diez mil días multa a razón de Bs. 1 por día, y todo lo demás de la Sentencia.