II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 49/2019 de 12 de junio (fs. 2035 a 2057 vta.), el Tribunal Doceavo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Franklin Méndez Morales y Nieves Mamani Tórrez, absueltos de la comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado por el art. 260 del CP; asimismo, dejó sin efecto legal todas las medidas jurisdiccionales de carácter personal que se hubieran dictado en contra de los acusados, una vez se encuentre ejecutoriada la Sentencia.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, el querellante Cristhian Riz Ibañez Ancieta (fs. 2076 a 2081), la acusada Nieves Mamani Torrez (fs. 2085 a 2085), el acusado Franklin Méndez Morales (fs. 2100 a 2111); y, el Ministerio Público (fs. 2119 a 2124); respectivamente, formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 13 de 17 de marzo de 2020, dejado sin efecto, por el Auto Supremo 686/2022 de 7 de julio (fs. 2258 a 2265), en cuyo mérito, se emitió el Auto de Vista 92 de 13 de enero de 2023, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles y procedentes los recursos de apelación planteados; en consecuencia, anuló totalmente la sentencia, al no poder reparar directamente las inobservancias a la Ley adjetiva penal identificadas, ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal.
