AS/1549/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1549/2023-RA

Fecha: 06-Oct-2023

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 8/2023 de 8 de febrero a fs. 227 a 319 vta., el Juzgado de Sentencia Tercero de la capital del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Paola Alejandra Buitrago Estrada y Magda Ofelia Rodríguez Revollo, autoras del delito de Estafa agravada en perjuicio de víctimas múltiples, tipificado según los arts. 335 y 346 Bis del CP, modificado por el art. 83 de la Ley 348, imponiendo la pena de cinco años de reclusión, más multa de 20 as a razón de bs. 5 por a, s la reparación del daño civil y costas a favor del estado y las víctimas.

Por otra absuelve a Paola Alejandra Buitrago Estrada y Magda Ofelia Rodríguez Revollo de los delitos Apropiación Indebida de Fondos Financieros, Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Falsificación de Documento Privado, Uso de Instrumento Falsificado y Asociación Delictuosa, tipificados en los arts. 363 quater inc. c), 198, 199, 200, 203 y 132 del CP.

II.2. Apelación restringida.

Contra la mencionada Sentencia el BDP-S.A.M., y la imputada Paola Alejandra Buitrago Estrada (fs. 2969 a 2973 y 2976 a 2990 vta.), promovieron recursos de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 044/2023 de 3 de agosto, dictado por la Sala Penal Tercera de Oruro, que declaró improcedentes, los recursos formulados confirmando la sentencia apelada.