VISTOS
El recurso de casación corriente de fs. 1649 a 1653 vta., interpuesto por Jorge Humberto Yapur Arana, por un lado y por el otro, el recurso de casación saliente de fs. 1658 a 1665 vta., planteado por Genaro Ángel Ávila Barea, ambos impugnando el Auto de Vista de 01 de agosto de 2022, cursante de fs. 1441 a 1449 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de restitución de capital invertido más resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Rosa Judith Román Beltrán, José Augusto Román Padilla, Gustavo Raúl Aguilar Orellana y Wayra Paloma Canedo Prada estos dos últimos en representación legal de la sociedad de responsabilidad limitada “ARCA ROJA S.R.L.” contra los ahora recurrentes; las contestaciones visibles de fs. 1703 a 1708, de fs. 1711 a 1715 vta. y de fs. 1718 a 1725; el Auto de concesión de 12 de septiembre de 2023, obrante a fs. 1726, el Auto Supremo de Admisión N° 1022/2023-RA de 16 de octubre; todo lo inherente al proceso; y:
