II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 12/2021 de 22 de abril (fs. 398 a 416 vta.), el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a René Adolfo Suárez Vera, autor y culpable de la comisión de los delitos de Peculado y Uso Indebido de Influencias, previstos y sancionados por los arts. 142 y 146 concordando con el art. 20, todos del CP, imponiendo la pena de cinco años de privación de libertad y multa de doscientos días a un boliviano por día, más costas a favor de la víctima y el Estado.
II.2. Apelación Restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado René Adolfo Suárez Vera formuló recursos de apelación restringida y memorial que subsana (fs. 472 a 479, 480 a 500 vta. y 560 a 583 vta.); resueltos por el Auto de Vista 96/2022 de 25 de noviembre (fs. 587 a 600), emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos, confirmando la Sentencia.
