AS/0202/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0202/2023

Fecha: 14-Mar-2023

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.II de la Ley Nº 439, Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación visible de fs. 408 a 409 vta., interpuesto por Gunnar Alfredo Céspedes Cano, contra el Auto de Vista Nº 577/2022 de 21 de noviembre, saliente de fs. 393 a 405, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; con costas y costos conforme dispone el art. 223.V num. 2 del Código Procesal Civil.

Se regula en grado de casación, los honorarios a favor del abogado de la parte demandante principal, en la suma de Bs. 1.000 por haber contestado el recurso de casación dentro del plazo de Ley.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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