POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ejerciendo la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 581 a 582, interpuesto por Norma Mercedes Andrade Corrales, contra el Auto de Vista N° 438/2022 de 29 de diciembre, que sale de fs. 576 a 578, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca. Con costas y costos.
Se regula los honorarios del abogado que suscribió la respuesta al recurso de casación en la suma de Bs. 1000.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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