POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA en parte el Auto de Vista Nº 300/2022 de 24 de octubre de 2022, pronunciado por la Sala Civil, Mixta de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, y declara PROBADA la demanda de reivindicatoria, con relación a los lotes ocupados por Dora Escalante Humaza y Celina Escalante Humaza, e IMPROBADA la acción reconvencional de usucapión decenal interpuesta incoada por Dora Escalante Humaza y Celina Escalante Humaza.
Sin responsabilidad, por ser excusable el error incurrido por los jueces de instancia. Sin costas ni costos por ser juicio doble
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
