VISTOS
El recurso de casación de fs.902 a 904 vta., interpuesto por Luis Lara Figueroa contra el Auto de Vista N° 02/2022 de 15 de junio, que sale de fs. 893 a 895, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en suplencia legal de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de acción rescisoria, seguido por Luisa, Justa y Luis, todos Lara Figueroa, contra Ignacio Lara Somoya; Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0670/2017-S2 de 03 de junio, cursante de fs. 679 a 692 (anterior foliación de fs. 412 a 426); Auto Constitucional Plurinacional N° 0019/2019-O de 17 de abril de 2019, que discurre a fs. 827 a 838 (anterior foliación de fs. 562 a 573); el Auto de concesión de 06 de febrero de 2023, obrante a fs. 908; el Auto Supremo de Admisión N° 187/2023-RA de 09 de marzo, saliente de fs. 916 a 917 vta.; todo lo inherente al proceso; y:
