POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADOS el recurso de casación, interpuestos por Eulogio Adalid Antequera de fs. 1408 a 1427 vta, y Maruja Calle vda. de Solares, Hugo Solares Calle y René Solares Calle, como acusadores particulares de fs. 1435 a 1438 vta. Con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
Relator: M.sc. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
