III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 033/2023-RA de 20 de enero, corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos.
III.1. La recurrente denuncia que el argumento del responde al recurso de apelación no fue atendido por los de alzada (la presentación extemporánea de la apelación restringida de los acusados, con relación a la notificación del Auto Complementario); denotando en el recurso que, no habría un pronunciamiento expreso en alzada a este posible defecto; identificando la relevancia o incidencia en el entendido de que la anulación de la Sentencia que causa la revictimización de una mujer en situación vulnerable, lesionando el debido proceso en su componente de legalidad y seguridad jurídica.
III.2. Denuncia que el Auto de Vista impugnando incurrió en falta de una debida fundamentación, al determinar que no se valoró correctamente los medios de prueba; además que, confundió la naturaleza de los defectos del art. 370 núm. 5) y 6) del CPP, pues anuló la Sentencia en base al núm. 5, empero los fundamentos son dirigidos al núm. 6) vulnerando el derecho a la debida y motivada fundamentación.
III.3. Denuncia falta de fundamentación por parte del Tribunal de apelación respecto al quantum de la pena, pues según refiere en apelación se reclamó el incumplimiento de los arts. 37 y 38 del CP, pues no se consideró la personalidad de los autores, la gravedad del hecho, las circunstancias y consecuencias del delito; y que frente a este reclamo el de alzada debió rectificar el quantum de la pena, imponiendo el máximo establecido para el delito acusado, sin realizar el reenvío de la causa, evitando la revictimización de la recurrente. Invocó como precedente contradictorio el AS 362/2013 de 19 de diciembre.
