AS/0475/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0475/2023

Fecha: 31-May-2023

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 248.II y 401 inc. c) del Código de las Familias y del Proceso Familiar, ANULA el Auto de Vista Nº 87/2022 de 01 de diciembre, cursante de fs. 294 a 296, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y dispone que sin espera de turno y previo sorteo, el referido Tribunal de Alzada emita nuevo auto de vista dentro del marco de lo establecido por el art. 385 de la Ley Nº 603 y de acuerdo a lo delineado en la presente resolución.

Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales del Tribunal de segunda instancia signatarios del Auto de Vista impugnado, no se les impone multa.

De conformidad a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley Nº 025, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.