POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 74 a 75, interpuesto por la Empresa Constructora ORBORG-N SRL, representada por Noel Oropeza Borges; en consecuencia, mantiene firme y subsistente, el Auto de Vista N° 012/2023 de 2 de febrero de 2023, de fs. 68 a 70, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. Con costas en ambas instancias.
Se regula el honorario del abogado patrocinante en Bs2.000.-, que mandará pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
