VISTOS
El recurso de casación de fs. 342 a 351, interpuesto por Luz Martínez Cortez y Edilfonso Carrillo Romero contra el Auto de Vista Nº 81/2020 de 23 de julio, cursante de fs. 334 a 337 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de reivindicación, desocupación, entrega de bien inmueble más el pago de daños y perjuicios, interpuesto por Mario Peña García contra los recurrentes; el escrito de contestación de fs. 355 a 359 vta.; el Auto de concesión Nº 17/2020 de 09 de octubre, visible a fs. 360; el Auto Supremo de Admisión Nº 493/2020-RA de 03 de noviembre, obrante de fs. 366 a 367 vta.; la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0691/2022-S3 de 27 de junio, cursante de fs. 811 a 822 vta.; todo lo inherente al proceso; y:
