AS/0586/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0586/2023

Fecha: 16-Jun-2023

CONSIDERANDO II: Contenido del recurso de compulsa

La parte recurrente señaló que ante una resolución judicial que no contempla disposición expresa sobre la impugnabilidad de la misma, esa resolución es susceptible de impugnación mediante recurso de casación, a contrario sentido de la interpretación que realizó el Tribunal de alzada, la cual llega a ser restrictiva en derechos fundamentales, al manifestar que la resolución no es recurrible en casación.

Refirió que existe un error de interpretación normativa, puesto que el art. 444 de la Ley N° 603, no tomó en cuenta que el referido artículo es específico a casos, en los que se apela la sentencia, situación que no se adecua al presente caso.

Afirmó que el Auto Supremo N° 112/2020, acertadamente determinó que en aquellos autos de vista en los cuales se determinen nulidades, son recurribles en casación, extremo que se adecua al presente caso.

Manifestó que el art. 180 de la Constitución Política del Estado garantiza el principio de impugnación en las instancias jurisdiccionales.

Por lo que solicitó se declare legal la compulsa y ordene se sustancie o conceda el recurso denegando.