AS/0624/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0624/2023

Fecha: 10-Jul-2023

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, en aplicación del art. 220.III, num.1 inc. c) del Código Procesal Civil y en función de los recursos de casación en la forma de fs. 604 a 605 vta., interpuesto por Martha Chávez Alarcón y el recurso de casación de fs. 607 a 610 interpuesto por Ignacio Merma Quispe, ANULA el Auto de Vista Nº 093/2023 de 10 de abril, saliente de fs. 573 a 578 vta., y sus Autos complementarios cursantes a fs. 585 vta., y a fs. 587 vta., pronunciados por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del Chuquisaca y, dispone que el Ad quem, sin espera de turno y previo sorteo pronuncie nueva resolución debidamente fundamentada y motivada resolviendo el fondo de la controversia en función a los recursos de apelación, ya sea revocando o confirmando la Sentencia; pudiendo para el efecto, si viere por conveniente, hacer uso de la facultad de mejor proveer prevista en el art. 264.I del Código Procesal Civil. Sin responsabilidad por considerarse excusable el error.

De conformidad con el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.