POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1 de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE del recurso de casación de Rosa Ribero Carballo, Lilian Ruíz de Montenegro y Jaime Alberto Montenegro Ruiz, impugnando el Auto de Vista N° 162/2022 pronunciado el 12 de octubre, por la Sala Civil, Familia, Niñez y Violencia, Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de fs. 676 a 678. Asimismo, se declara IMPROCEDENTE con relación a los recursos de casación interpuestos por Vianca Liset Gutiérrez Peña y María René Pérez Muñoz.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
