AS/0820/2023-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0820/2023-RI

Fecha: 18-Ago-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. La empresa Segranchaco S.A. representada por Erick Donoso Zambrana, mediante memorial de fs. 45 a 49, promovió demanda ordinaria de cumplimiento de obligación más el resarcimiento de daños y perjuicios contra la Sociedad Imporcast S.R.L., representada por Germán Castro Pinto Salvago, quien luego de ser citada, a través del escrito de fs. 158 a 162, respondió de forma negativa e interpuso acción reconvencional de resolución de contrato por incumplimiento voluntario más el resarcimiento de daños y perjuicios; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia de 13 de febrero de 2020, corriente de fs. 226 vta. a 234, complementada por medio de la resolución judicial de 06 de febrero de 2020 visible a fs. 236, en el cual la Juez Público Civil y Comercial 3º de Yacuiba, declaró PROBADA en parte la demanda promovida por la empresa Segranchaco S.A., representada por Erick Donoso Zambrana, e IMPROBADA la demanda reconvencional propuesta por la Sociedad Imporcast S.R.L. representada por Germán Castro Pinto Salvago y María del Carmen Rodríguez Claure.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por la Sociedad Imporcast S.R.L. representada por Miguel Castro Pinto Salvago, según memorial de fs. 333 a 336 vta. y; por la empresa Segranchaco S.A. representado por Erick Donoso Zambrana, de acuerdo con el escrito de fs. 338 a 341; originaron que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emita el Auto de Vista Nº 89/2023, de 26 de junio, corriente de fs. 414 a 419, por medio del cual, REVOCÓ parcialmente la Sentencia de 13 de febrero de 2020, que cursa de fs. 226 vta. a 234, complementada por resolución judicial de 06 de febrero de 2020, a fs. 236, en consecuencia enmendó el fallo de primer grado y dispuso que la Sociedad Imporcast S.R.L. pague el monto de $us. 880.657,04 en favor de la empresa Segranchaco S.A.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la Sociedad Imporcast S.R.L. representada por Vitalio Quiroga Dorado, según escrito de fs. 421 a 428, medio de impugnación, que es materia de análisis en cuanto a su admisibilidad.