AS/0831/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0831/2023

Fecha: 28-Ago-2023

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación del art. 220.II de la Ley Nº 439, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 260 a 263, interpuesto por Ruperto Arancibia Polo contra el Auto de Vista N° 177/2023 de 19 de junio, obrante de fs. 214 a 219 vta., y su Auto complementario Nº 126/2023 de 23 de junio, corriente a fs. 229 y vta., emitidos por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca. Con costas y costos.

Se regula los honorarios profesionales del abogado que contestó el recurso de casación en la suma de Bs. 1.000.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.