AS/0877/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0877/2023

Fecha: 08-Sep-2023

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.III del Código Procesal Civil, ANULA el Auto de Vista Nº 201/2023 de 05 de julio, cursante de fs. 342 a 344 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, y en consecuencia dispone la emisión de un nuevo fallo de acuerdo a lo delineado en la presente resolución, sin espera de turno y previo sorteo.

Siendo excusable el error incurrido por los Vocales del Tribunal de segunda instancia signatarios del Auto de Vista impugnado, no se les impone multa.

De conformidad a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley N° 025, comuníquese la presente Resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.