POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por la Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial, el Ministerio Público y la Representación Distrital de Consejo de la Magistratura, de fs. 6397 a 6405 vta., 6410 a 6416 vta. y 6420 a 6422 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
M.sc. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
