AS/0001/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0001/2024

Fecha: 31-Ene-2024

CONSIDERANDO I

Que el impetrante se apersonó solicitando la homologación de sentencia definitiva de disolución de matrimonio, manifestando que la documentación que acompaña acredita que contrajo matrimonio civil en la ciudad de Barcelona España, inscrito en la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante partida matrimonial Nº 55,folio N°55, libro Nº 1/2013, O.R.C Nº-2, DRC del departamento, provincia Barcelona, localidad Barcelona-España; señalando que, en dicho matrimonio se procreó dos hijos, los cuales a la fecha son mayores de edad.

Señala, que el divorcio fue tramitado por separación consentida de los cónyuges a través de un convenio regulador de fecha 1 de marzo de 2017, fallando posteriormente la disolución del matrimonio reflejada en la Sentencia N° 80/2017 emitida por en el Juzgado de 1ª. Inst. E Instrucción N°1 de Mao-Mahon Menorca, Islas Baleares, España, dictada por Dra. Elena Semper Ballester en su condición de Letrada de la Administración de Justicia, cursante de fs. 3 a 5 de obrados.

La solicitud de homologación de sentencia de divorcio dictada en el extranjero, fue admitida través del decreto de 08 de agosto del 2023 de fs. 12 de obrados, ordenándose se expida los correspondientes oficios de Ley para que el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) y el Servicio de Registro Cívico (SERECI), certifiquen el domicilio de Martina Balderrama Inturias, para su notificación con el fin de que conteste a la demanda de homologación, en cumplimiento a lo señalado por el art. 78-I del CPC-2013.

A través de certificaciones de fs. 17 a 18 de actuados, el Servicio de Registro Cívico de Chuquisaca, certifica la inexistencia del domicilio en Bolivia de Martina Balderrama Inturias, poniéndose dichos informes a conocimiento de parte, mediante decreto de 7 febrero de fs. 23, a efecto de que Delfín Choque Soto se pronuncie sobre el domicilio de la demandada.

Con el número de cédula de identidad y recibido el reporte del SEGIP, habiendo proporcionado el domicilio Martina Balderrama Inturias en la calle Virginia N° 18, Zona Valle Hermoso ciudad de Sucre, la cual mediante Google Maps arroja como resultado en la ciudad del Alto, toda vez que el domicilio no cuenta con ubicación exacta de la parte demandada, se ordenó efectuar la citación mediante edictos.

Prestado el juramento de desconocimiento de domicilio y publicados los edictos como consta por las literales de fojas 37 a 38, por memorial de fojas 56 y vuelta, se apersonó, Martina Balderrama Inturias, respondiendo positivamente a la solicitud de homologación de sentencia con que fue notificada.