POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la CPE y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, CASA EN PARTE el Auto de Vista 119 de 03 de julio de 2023, cursante de fs. 975 a 980, sólo en cuanto se refiere al pago de la indemnización y el desahucio que fueron erróneamente concedido por los jueces de instancia, dejando sin efecto los mismos, manteniendo en lo demás firme y subsistente el Auto de Vista recurrido.
Sin responsabilidad por ser excusable el error.
Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
