II. ANTECEDENTES PROCESALES
1. Sentencia
Tramitado el proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Alfredo Condori Rojas contra el Gobierno Autónomo Municipal de Viacha, la Juez Publico de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social, y de Sentencia Penal 1° de Viacha emitió la Sentencia Nº 39/2022 de 2 de septiembre de 2022 de fs. 533 a 538, declarando probada en parte la demanda de fs. 25 a 28, subsanada de fs. 31 a 33, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal de Viacha representado por su Alcalde Municipal Napoleón Félix Yahuasi Mamani, cancelar al demandante Alfredo Condori Rojas, la siguiente liquidación:
Primer Periodo:
Tiempo de servicios: 5 años, 6 meses y 24 días
Del 18 de diciembre de 2012
Hasta el 12 de julio de 2018
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 4.441.00.-
5 años Bs. 22.205.00.-
6 meses Bs. 2.220.50.-
24 días Bs. 296.06.-
Indemnización Bs. 24.721.56.-
Segundo Periodo:
Salario devengado (11 días del mes de febrero de 2019)
Sobre un salario de Bs. 3.661.00.- Bs. 1.342.36.-
Tercer Periodo:
Tiempo de servicios: 1 año, 8 meses y 29 días
Del 9 de abril de 2019
Hasta el 8 de enero de 2021
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.233.42.-
1 año Bs. 3.233.42.-
8 meses Bs. 2.155.61.-
29 días Bs. 260.46.-
Indemnización Bs. 5.649.49.-
Desahucio Bs. 9.700.26.-
Vacación Bs. 1.208.04.-
SUB TOTAL Bs. 42.621.71.-
Multa del 30% Bs. 12.786.51.-
TOTAL A CANCELAR Bs. 55.408.22.-
SON: CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHO 12/100 BOLIVIANOS.
Monto que deberá ser actualizados en ejecución de fallos conforme lo establece el D.S. 28699, es decir de acuerdo a UFV a momento de pago.
2. Auto de Vista
En mérito a los recursos de apelación interpuesto por Alfredo Condori Rojas de fs. 541 a 542 vta., y de Napoleón Félix Yahuasi Mamani en representación legal del Gobierno Autónomo Municipal de Viacha de fs. 549 a 551, en contra de la Sentencia Nº 39/2022 de 2 de septiembre de 2022, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 95/2023 de 5 de julio de 2023 de fs. 564 a 568 vta. que confirmó en parte la Sentencia apelada, debiendo cancelarse los siguientes conceptos:
Segundo Periodo:
Tiempo de servicios: 2 años y 27 días
Del 15 de noviembre de 2018
Hasta el 11 de febrero de 2019
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.661.00.-
Salario devengado Bs. 1.342.36.-
Tercer Periodo:
Tiempo de servicios: 1 año, 8 meses y 29 días
Del 9 de abril de 2019
Hasta el 8 de enero de 2021
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.233.42.-
Vacaciones (duodécimas 2021) Bs. 1.208.04.-
TOTAL A CANCELAR Bs. 2.550.40.-
SON: DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA 40/100 BOLIVIANOS.
El actor interpuso recurso de casación contra el referido Auto de Vista, emitiendo el Tribunal de alzada el Auto Nº 537/2023 de 27 de octubre concediendo el recurso.
