POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42. I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y el art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 193 a 195 vta., interpuesto por Nayda Grisel Roldan Chambi de Cuqui, contra el Auto de Vista N° 264/2024, de 15 de marzo, cursante de fs. 185 a 188 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos.
Se regula los honorarios del profesional abogado que contestó al recurso de casación en la suma de Bs. 1.000 que mandará a hacer efectivo el A quo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
