AS/1207/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1207/2024

Fecha: 18-Oct-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial, de 24 de junio de 2010 y en aplicación de lo previsto en el art. 251.I de la Ley N° 603, ANULA el Auto de Vista N° de 29 de noviembre de 2023, corriente de fs. 245 a 248 vta., pronunciado por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, para que previo sorteo de la causa y sin espera de turno, proceda a pronunciar nuevo fallo, que considere los aspectos observados en la presente resolución, sobre la base de los parámetros jurisprudenciales invocados.

Se impone a los Vocales suscribientes del fallo, el descuento de un día de haber a ser deducido por la Dirección Administrativa Financiera; exhortándose mayor diligencia en la tramitación de las causas sometidas a su conocimiento a efectos de evitar la demora innecesaria en la conclusión de los mismos; en vista del efecto anulatorio del fallo emitido en alzada, que conlleva retardación de justicia.

De conformidad a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley N° 025, del Órgano Judicial, remítase una copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. José Antonio Revilla Martínez.