AS/1218/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1218/2024

Fecha: 21-Oct-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.III del Código Procesal Civil, ANULA el el Auto de Vista Nº 239/2024, de 30 de abril, corriente de fs. 529 a 535 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en consecuencia, se dispone que sin espera de turno y previo sorteo, se emita nuevo Auto de Vista dentro del marco de lo establecido por el art. 265.I de la Ley Nº 439.

Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales del Tribunal de segunda instancia signatarios del Auto de Vista impugnado, no se les impone multa.

De conformidad a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley Nº 025, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.