AS/1259/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1259/2024

Fecha: 24-Oct-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, y en aplicación a lo previsto en el art. 220.II y III del Código Procesal Civil, declara INFUNDADOS los recursos de casación cursantes de fs. 1160 a 1167 vta., interpuesto por Natividad Paco Choque; y de fs. 1169 a 1174 vta., presentado por Gualberto Choque Chávez, asimismo, con relación al recurso de casación cursante de fs. 1249 a 1268, formulado por Ricardo David Miranda Hernández, en la forma, ANULA parcialmente lo dispuesto por la Sentencia 09/2023, de 14 de noviembre, saliente de fs. 1015 a 1022 vta., confirmado por el Auto de Vista N° 94/2024, de 05 de abril, que cursa de fs. 1148 a 1157, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y en su mérito se deja sin efecto toda disposición judicial pronunciada dentro del presente litigio que se encuentran relacionada con el lote de terreno Nº 13, bajo la Matrícula Nº 7.11.2.01.0001912, que se encuentra posicionado en la UV.1, manzana 39, que cuenta con una superficie de 7929.58 mts2, por lo demás se mantiene firme y subsistente; y en el fondo, se declara INFUNDADO el recurso de casación formulado por Ricardo David Miranda Hernández.

Sin responsabilidad por ser un error excusable.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.