AS/1287/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1287/2024

Fecha: 29-Oct-2024

CONSIDERANDO II: Contenido del recurso de compulsa

El Tribunal Ad quem denegó su recurso bajo la perspectiva que solamente se puede aceptar la intervención de terceros antes de la emisión de la Sentencia, criterio erróneo y sin lógica legal, puesto que no tendría ningún sentido jurídico realizar publicaciones edictales de notificación contra presuntos interesados con un Auto de Vista; por lo cual, existiendo un criterio sesgado sobre la negación a lo pretendido pese haber acreditado el interés legítimo inclusive con registro en Derechos Reales.

Adujó, que no se consideró la jurisprudencia sentada en el Auto Supremo N° 743/2016, de 28 de junio, toda vez que el Tribunal Ad quem no tomó en cuenta que acreditó su legitimación mediante la minuta de 20 de junio de 2018, con lo cual evidenció que la compulsante otorgó un préstamo de dinero a los demandados en la suma de $us. 10.000, mismo que se encuentra con registró de embargo en Derecho Reales.

Fundamentos por los cuales solicita se declare la legalidad de la compulsa.