POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en mérito a los arts. 44 in fine y 315 del CPP, declara INFUNDADA la excepción de Extinción de la Acción Penal por prescripción, interpuesta por Orlando David Cruz Flores, en memorial de fs. 1097-1111 vta. Con costas y con los efectos previstos por el art. 315-III del CPP.
Notifíquese a las partes con la presente Resolución en observación del art. 163 del CPP y una vez efectuadas las diligencias, procédase al sorteo de la causa para la emisión de la Resolución de fondo de los recursos de casación interpuestos.
Regístrese y hágase saber. -
