AS/0278/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0278/2024-RA

Fecha: 29-Feb-2024

III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

III.1. Del recurso de casación de Nair Rosario Ururi Quispe.

Denuncia que, la simple mención que había suficiente prueba para determinar la existencia del hecho ilícito, no es suficiente para ratificar la Sentencia condenatoria, por cuanto dicha Sentencia se basó en hechos que no constituían en el delito de Transporte, puesto que su persona no tuvo conocimiento ni participación del hecho ilícito; empero, el Tribunal de alzada ratifica la Sentencia bajo la modalidad de procedimiento abreviado, sin previa verificación de las pruebas tanto periciales, documentales y testificales convalidando el uso desmedido de la sana crítica. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 014/2013-RRC de 6 de febrero.

III.2. Del recurso de casación de José Antonio Iriondo Torrico.

Denuncia que, en el caso de autos, no se demostró de manera objetiva que se configuró una adecuación correcta al tipo penal, toda vez que el delito por el cual fue sentenciado y confirmado por el Auto de Vista impugnado no guarda relación con la Acusación formal, acción que generó vulneración a sus derechos a la presunción de inocencia, defensa y el debido proceso, así como los arts. 8 núm. 2) inc. h) del Pacto de San José de Costa Rica, 14-5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 16-IV, 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado (CPE). Para el efecto, invoca como precedentes contradictorios los Autos de Supremos 372 de 22 de junio de 2004, 322 de 28 de agosto de 2006, 432 de 11 de octubre de 2006, 261 de 8 de agosto de 2006, 261 de 8 de agosto de 2006, 562/2004, 307 de 11 de junio de 2003 y 331 de 22 de julio de 2003.