IV. CONTESTACIÓN A LOS RECURSOS
1.- La entidad demandada, por memorial de fs. 289 a 296, responde al recurso de casación deducida por la actora, refiriendo que la misma no cumple con los requisitos establecidos en el art. 274.I.2 y 3 del Código Procesal Civil, toda vez que no especifica la normativa que considera vulnerada y menos detalla en qué consiste la violación o aplicación errónea; solicitando se declare improcedente el mencionado recurso de casación.
2.- La parte demandante, por memorial 298 a 299.refiriendo de igual forma que la misma no cumple con los requisitos y no expresa con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente; solicitando se declare improcedente el señalado recurso.
