IV. CONTESTACION AL RECURSO DE CASACIÓN.
Puesto en conocimiento de la demandante el recurso de casación, se advierte que presenta memorial de fs. 796 a 797, señalando que es un falacia torpe que la parte demandada sin rubor alguno señale que los ex trabajadores de AASANA, no estarían amparados por la Ley General del Trabajo olvidando intencionalmente que desde largos años desde su creación hasta su última intervención tuvieron cientos de procesos laborales donde en última instancia los condenaron al pago de beneficios sociales y otros derechos colaterales en resoluciones de sentencia, autos de vista y autos supremos que constituyen una amplia jurisprudencia en favor de los ex trabajadores de AASANA.
Es absolutamente falso que intenten una supuesta indefensión en este proceso por cuanto tuvieron sin limitación algunas amplias facilidades para defender sus intereses y la negligencia o falta de conocimiento laboral de quienes deberían asumir sus obligaciones, ahora no puede culparse a las normas en vigencia y menos a las autoridades jurisdiccionales.
Por lo brevemente expuesto y ante la carencia absoluta de fundamentos y formalidades de la profana casación planteada, solicita declare resolver infundado el recurso con costas y costos.
