III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 889/2023-RA de 18 de julio, corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos.
Que, el Auto de Vista impugnado contiene una flagrante falta de fundamentación, haciendo mención a situaciones de carácter general sin cumplir los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad, sin fundamentar cada uno de los puntos apelados; conforme a los fundamentos del recurso de casación, relacionado al defecto de sentencia previsto en el art. 370 núm. 1) del CPP. Sobre el punto, fue admitido como precedente contradictorio válido el Auto Supremo 52 de 19 de marzo de 2012.
Que, el Tribunal de apelación incurrió en defecto absoluto por falta de fundamentación e incongruencia, al no pronunciarse sobre el fondo de todos los puntos cuestionados en el Recurso de apelación restringida; conforme a los fundamentos del recurso de casación, relacionado al defecto de sentencia previsto en el art. 370 núm. 6) del CPP. Sobre el punto, fue admitido como precedente contradictorio válido el Auto Supremo 172 de 24 de julio de 2012.
