II. ANTECEDENTES
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 18/2021 de 29 de noviembre, a fs. 1094 a 1105, el Tribunal de Sentencia Séptimo de Santa Cruz de la Sierra en el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, absolvió a Néstor Antonio Rodríguez Rocha, María Lourdes Rojas Ramos y Pastor Gonzales Apaza por la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Uso Indebido de Influencias y Asociación Delictuosa. Paralelamente, el acusado Jorge Vargas Rivera fue declarado autor y culpable en la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes calificado conforme el art. 154 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión.
Las conclusiones por las que el Tribunal de juicio fundó la absolución, en sus términos, tuvo que ver con que ni el Ministerio Público ni los acusadores particulares “demostraron la existencia de nexo causal entre Néstor Antonio Rodríguez Rocha María Lourdes Rojas Ramos Pastor Gonzáles Apaza y Jorge Vargas Riveras para cometer un ilícito o que formaren parte de una asociación…No probaron que ninguno de los acusados…hubiese aprovechado de sus funciones para influenciar en otra y obtener alguna ventaja…El Ministerio Público ni el acusador particular probaron que los acusados…hubiesen ilegalmente, omitido, rehusar, hacer o retardar un acto propio de sus funciones” (sic).
En cuanto al declarado culpable, la Sentencia refiere que “el ministerio público y acusador particular, llegaron a probar con certeza la participación de Jorge Vargas Rivera, en el hecho tipificado como Incumplimiento de Deberes, ya que la función que ostentada era de supervisar todos los trámites, sin embargo incumplió dicha función al dejar pasar un trámite para legalizar y posterior entrega a los interesados” (sic).
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público (fs. 1123 a 1126 vta.), Fernando Palacios Ampuero (fs. 1130 a 1136); y, Jorge Vargas Rivera (fs. 1144 a 1153), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 80 de 13 de junio de 2022, emitido por la Sala Penal Primera de Santa Cruz que declaró su improcedencia, decisión que a la par mantuvo incólume los términos de la Sentencia apelada.
