III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
La parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada declaró inamisible su recurso de apelación en el que denunciaron los defectos de Sentencia previstos en el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP; es decir, la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva y que la sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, argumentando que se encontraría fuera de plazo, por lo que el Auto de Vista impugnado, no entró a resolver el fondo del recurso.
