AS/0372/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0372/2024-RA

Fecha: 11-Mar-2024

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 4/2020 de 24 de septiembre de fs. 183 a 189, el Juez de Sentencia Penal Cuarto de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a los imputados Silvio Antezana Morales, Elizabeth Antezana Morales y Graciela Aguilar Mamani, autores y culpables de la comisión del delito de Transporte, tipificado y sancionado en el art. 55 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de presidio, más trescientos días multa a razón de un boliviano por día, con costas a favor del Estado.

II.2. Apelación restringida.

Contra la referida Sentencia, los imputados Elizabeth Antezana Morales, Graciela Aguilar Mamani y Silvio Antezana Morales (fs. 190 a 192 vta. 193 a 195 vta. 196 a 200), respectivamente, formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 206/2022 de 5 de diciembre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la sentencia apelada.