IV. CONTESTACIÓN A LOS RECURSOS DE CASACIÓN
1. La demandante, luego de ser notificada con el recurso de casación interpuesto por ASSUS, formuló contestación, señalando que se rechace el recurso de casación al carecer de técnica recursiva establecida en el art. 274.I.3 del CPC, solicitando se rechace el recurso de casación interpuesto por el demandado.
2. La Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo ASUSS, contesto a fs. 822 a 824 el recurso de casación interpuesto por la demandante, manifestando que no cumple con los requisitos previstos en el art. art. 274.I.3 del CPC, señalando que el Tribunal ad quem si aplico correctamente el inciso a) del parágrafo I del art. 32 del DS 25798 de 2 de junio de 2000, por lo que no le corresponde el pago de beneficios sociales demandados, solicitando se declare infundado el recurso de casación interpuesto por Claudia Wilma Rojas Morales.
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. VISTOS
- II. ANTECEDENTES DEL PROCESO.: 1. sentencia:
- III. ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN: Primer recurso de casación
- IV. CONTESTACIÓN A LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- V. NORMAS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO EN CONCRETO.
- 1. PRIMER RECURSO DE CASACIÓN
- POR TANTO
