La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Linfor Rioja Corcuy y Walter Rioja Corcuy, de fs. 328 a 332 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.