POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 42. I num. 4 de la Ley N° 025 del Órgano Judicial y conforme determina el art. 282.II del Código Procesal Civil, declara LEGAL el recurso de compulsa interpuesto por Juana Melendres Cuellar representada legalmente por Estela Guerra Serrano, se dispone que la presente resolución tiene el carácter de provisión compulsoria conforme dispone la norma.
Sin responsabilidad por ser excusable.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
