AS/0801/2024-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0801/2024-RRC

Fecha: 13-May-2024

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo 1750/2023-RA de 6 de noviembre, (163 a 165 vta.), corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:

Los recurrentes refieren que en el recurso de apelación restringida denunciaron el defecto de Sentencia previsto en el num. 1) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), alegando que el imputado José Vargas Condori contaba con 16 años de edad respecto a los hechos denunciados del 2010, debiendo ser juzgado en un Juzgado especial conforme lo determina el Código Niño, Niña y Adolescente, y el otro imputado Wilber Vargas Condori presenta retraso mental con indicadores de lesión cerebral siendo inimputable, conforme la prueba AF-9 presentada por el Ministerio Público; empero el Auto de Vista convalidó estos defectos absolutos no convalidables conforme lo establece el art. 169-3) del CPP, lesionando el derecho y garantía constitucional del debido proceso, el derecho a la defensa y la libertad; añadiendo que el Auto de Vista se dictó después de un año infringiendo el art. 411 del CPP, lesionando el debido proceso.