POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42. I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 3533 a 3536 vta., interpuesto por la Compañía Americana de Construcciones S.A. “AMECO S.A.”, representada por Ricardo Javier Escobar Salguero, contra el Auto de Vista Nº 570/2023, de 16 de noviembre, corriente de fs. 3524 a 3529, pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos.
Se regula los honorarios de los profesionales abogados de las partes demandadas que respondieron al recurso en la suma de Bs. 1.000. a cada uno.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
