II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 170/2022 de 23 de junio (fs. 483 a 488), el Juzgado de Sentencia Séptimo de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró absueltas a Gabriela Joseline Churata Villca y Victoria Villca de Churata, de la comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis num. 3) del CP, a la primera conforme al art. 363 num. 3) y a la segunda conforme al num. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la víctima formuló recurso de apelación restringida (fs. 499 a 505 vta.), subsanada a (fs. 533 a 534 vta.), resuelto por Auto de Vista 393/2023 de 22 de diciembre (fs. 539 a 547), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró procedente el recurso planteado; en consecuencia, anula la Sentencia ordenando el reenvío de la causa y se dispone la reposición del juicio por otro Juzgado de Sentencia.
