La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Victoria Villca de Churata y Gabriela Churata Villca, cursante de fs. 557 a 562 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.