VISTOS
El recurso de casación cursante de fs. 830 a 838, interpuesto por Demetrio Cleofé Choque Mamani por sí; y Edwin Germán Morales Quispe, Lucio Guadiono Rodríguez Zubieta, Leonardo Choque Tórrez, Jaime Quino Cuizara y Jhonatan Huaylla Choqueticlla en representación de la asociación civil de músicos profesionales “Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores” contra el Auto de Vista Nº 181/2024, de 24 de abril, cursante de fs. 804 a 821, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso ordinario de prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional seguido a instancia de los recurrentes contra la asociación cultural artística musical “Banda Unión Pagador”, el Auto de concesión, de 05 de junio, cursante a fs. 841; el Auto Supremo de admisión N° 661/2024-RA, de 19 de junio, de fs. 847 a 850, todo lo inherente al proceso; y:
