II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 51/2023 de 10 de octubre (fs. 35 a 54 vta.) el Tribunal de Sentencia Penal, Anticorrupción y Violencia hacia la Mujer Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Martha Vía Flores de Montesinos y Cesar René Montesinos Loroño autores y culpables de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de 3 años y 8 meses de privación de libertad, asimismo se impuso 60 días a razón de 5 Bs. por día de multa, sea con costas y pago de responsabilidad civil a favor del Estado averiguables en ejecución de sentencia.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Martha Vía Flores de Montesinos y Cesar René Montesinos Loroño formularon recurso de apelación restringida (fs. 61 a 65 vta.), resuelto por Auto de Vista 18/2024 del 28 de febrero, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
